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Resguardo del trabajador de la educación

Por Secretaría de Salud Laboral - UTELPa
Resguardo del trabajador de la educación

Foto: Stock

Miles de movilizados en todo el país por paritarias y presupuesto universitario


D esde UTELPa insistimos ante las autoridades educativas desde hace 6 años la necesidad de incorporar una normativa que incluya el derecho de los y las Trabajadoras de la Educación al Resguardo y la Reparación, en los casos en que el-la docente se encuentre afectado por situaciones de agresión , amenaza, o denuncias, relacionado con su trabajo y función docente.

Los y las trabajadoras de la Educación tenemos el derecho a trabajar en condiciones dignas de trabajo, conferido por los convenios 155 y 186 de la OIT, las leyes Nacional y Provincial de la Educación.

El Resguardo se define como una institución legal sociopolitica y es constitutita del derecho al trabajo en condiciones dignas.

El Estado como empleador es responsable de generar y preservar condiciones que resguarden al trabajador de ser afectado por el riesgo laboral vinculado al desempeño de la carga que le compete a su trabajo.

En el Sistema Educativo se han venido produciendo casos que incluyen agresiones, denuncias ante diferentes organismos judiciales y-o administrativos , que además toman estado público sin el menor resguardo para los las docentes afectados. Los casos más graves relacionados con denuncias sobre supuesto abusos y-o acosos sexuales, generen consecuencias gravísimas, cuando las mismas resultan al final de los procedimientos infundadas o falsas.

Antes que la Justicia se expida por su inocencia o culpabilidad, los docentes atraviesan situaciones muy complejas, sometidos a un pre juzgamiento social, agresiones de todo tipo, y sobre exposición mediática; provocando así daños psicológicos y sociales en el docente en cuestión, en su familia, en los alumnos, en los demás docentes y en toda la comunidad educativa.

Exigimos entonces atender las necesidades del Trabajador de la educación afectado desde un claro encuadre normativo, con asesoramiento jurídico y atención psicológica y/o médica brindada por el empleador; dado que los hechos ocurren en el ámbito laboral.

  1. Plano Jurídico y Administrativo. a) , poner a disposición el asesoramiento correspondiente , hoy el docente afectado que debe resolver esta contingencia en forma individual, privada y costearla desde su salario. b)activar todos los mecanismos administrativos que acompañes y constribuyan a esclarecer los acontecimientos.
  2. Acompañamiento Psicológico y médico: Actualmente al trabajador de la educación que es afectado por situaciones de violencia o amenaza e la denuncia de un trabajador de la educación, víctima de violencia en el ámbito laboral, la ART atiende su situación de salud física y emocional encuadrándola inespecíficamente como un accidente de trabajo más.

Habitualmente, la primera y única medida que se toma para “resguardar” al o la docente es la separación del cargo, sin embargo, sostenemos que en la gran mayoría, esto no sólo no se constituye en resguardo, sino más bien, termina consolidando el marco de la denuncia, re- victimizando al trabajador-a. Por eso es necesario construir otras figuras y marcos legales.

Sino hubo resguardo que haya reparación pública

Sostenemos que es URGENTE, en el mismo sentido un acuerdo paritario que incluya la figura de REPARACIÓN PÚBLICA para todas las situaciones de violencia, yo denuncias hacia los trabajadores –as ocurridas en el ámbito laboral.

Cuando la Justicia, o los ámbitos administrativos del Ministerio de Educación intervinientes, dictaminan la inocencia de los docentes denunciados y/o afectados, habiendo sido estos agraviados y estigmatizados, tiene que haber necesariamente un acto de reparación o desagravio público, acordando con los trabajadores afectados el desarrollo del mismo; en el que los equipos Directivos, las autoridades educativas difundan ante la comunidad educativa lo dictaminado por la Justicia.

El trabajo docente, involucra fuertemente el compromiso social y el afecto a nuestros estudiantes y familias, la Reparación contribuya a volver a su punto de partida, un vínculo que se vio resentido y-o afectado por falsas acusaciones o denuncias.

Quizás ya nada vuelva ser igual para ese compañero-a o compañera , pero es necesario incorporar normativas que contemplen aspectos que respalden el trabajo de docente, de modo de mitigar y-o reducir como expresamos en salud laboral el daño producido.

Esta en debate en toda la provincia un anteproyecto elaborado con aportes de la Organización gremial SUTEBA, con los de los equipos de Salud Laboral y DDHH, y asesores legales de nuestra entidad, UTELPa.

Consulta en tu seccional. ACUERDO PARITARIO YA!