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  Desde la CTERA ya hemos expresado nuestro rechazo a la ley 27260/16 del gobierno nacional, ya que la misma utilizando como pretexto el pago de juicios a los jubilados/as, vulnera abiertamente derechos adquiridos y pone en serio riesgo al propio sistema previsional:
  • Con el “Programa de reparación histórica”: arbitra los medios para estafar a los jubilados/as con juicios ganados, realizando quitas importantes en el monto que por sentencia judicial les corresponde y pagándole en cuotas fijadas arbitrariamente. Acciones claramente inconstitucionales, ya que se trata de derechos irrenunciables según lo establecido en nuestra Constitución Nacional.
  • La “Pensión Universal para el adulto mayor”: Significa un fuerte retroceso, en términos de derechos previsionales en relación a la moratoria previsional actual, ya que no tan solo representa el 80 % del valor de la jubilación mínima, no se transmite a sus herederos sino que también establece un grave precedente en la edad jubilatoria de las mujeres, aumentándola en 5 años, llevándola de 60 a 65 años.
  • Con relación al “El fondo de garantía de sustentabilidad del sistema integrado”: Abre solapadamente la puerta para la venta de activos del Fondo General Sustentabilidad del sistema previsional sustituyendo el artículo 12 del decreto 897/7 que la prohibía, atribuyéndole al Poder Ejecutivo el poder realizar las “reformas necesarias “y deroga la ley número 27181 /15 que establecía la prohibición de la venta de este fondo sin previa autorización expresa del congreso de la Nación.


Además de todo lo expresado el decreto número 894/16 que reglamente la aplicación de la citada ley, acelera los pasos necesarios para la Armonización de los Sistemas Previsionales Provinciales:
  • Se establece una extorsión lisa y llana a las provincias, autorizando a la ANSES a auditar a los sistemas previsionales provinciales. En función de los avances logrados en dicho proceso de armonización el gobierno nacional les puede negar u otorgar financiamiento.
  • Las provincias deben “armonizar” con Nación, en cuanto a edad jubilatoria, años de servicios exigidos, determinación del haber jubilatorio inicial, y mecanismo de movilidad de haberes.
  • Desde el 27 de julio del presente año, fecha en la que se reglamentó la ley, comenzó a correr un plazo de 120 días para que las provincias, con sistema previsional propio, firmen su compromiso de armonización previsional y la ley establece un plazo no mayor a 4 años para que las jurisdicciones ajusten sus sistemas previsionales a las pautas nacionales.


El articulado de la ley citada, contiene las herramientas para vulnerar derechos adquiridos por nuestros jubilados/as, empeorar gravemente las condiciones de las futuras jubilaciones, apunta a desfinanciar al sistema público de reparto, despojándolo de su Fondo de Sustentabilidad y además representa una clara extorción a los regímenes previsionales provinciales para obligarlos a que ajusten.

Queda claro que luego de destruir las jubilaciones ordinarias y los sistemas provinciales, el paso siguiente será la eliminación de los regímenes especiales, entre los cuales se encuentra la actual ley 24016 de jubilación nacional docente y el regreso a la estafa que representa el paradigma de los regímenes privados de capitalización, planteado como única opción para garantizar un mejor haber jubilatorio.

La CTERA rechaza enérgicamente este nuevo ataque a los jubilados/as - pensionados/as y a todos los trabajadores/as de nuestro país. Los trabajadores y trabajadoras de la educación no vamos a renunciar a nuestros derechos previsionales ni tampoco a la defensa de un sistema previsional de reparto, público y solidario.

NO AL DESFINANCIAMIENTO DEL SISTEMA PREVISIONAL

NO A LA MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN JUBILATORIO DOCENTE

NO AL AJUSTE POR MEDIO DE LA ARMONIZACIÓN DE LOS SISTEMAS PREVISIONALES PROVINCIALES.

Sonia Alesso
Secretaria General

Jorge Molina
Secretario de Asuntos Previsionales

Para acceder al documento sobre los fundamentos para rechazar el último proyecto de reforma previsional hacé clic aquí
 
 
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